Aquí vas a saber como comprobar tu ERTE jornada reducida con el SEPE. Este tutorial lo hacemos con la intención de ayudar a dilucidar y entender todas las dudas que asaltan a toda la gente que está inmersa en los procesos con el ERTE y las prestaciones por desempleo que se derivan de ella.
Nos está llegando bastante la consulta de la jornada reducida en el caso de las mamás o los papás que están cuidando a sus niños hasta que cumplen los 12 años, en lo que es por guarda legal.
Lo Que Dice el SEPE Sobre las Jornadas de Reducción Por Guarda Legal Para el ERTE
Muchas personas han tenido la duda de cuando percibir, si va a ser lo misma de la base de cotización aplicando el 70%. Vamos a tratar una forma muy rápida para aclarar esto.
Aquí va a ser clave informarnos con la información que directamente el SEPE nos muestra, donde nos aclara de una forma perfecta este apartado.
¿Que quiere decir todas estas palabras?
Esto quiere decir que vas a cobrar igual a que cuando estabais en jornada completa. Es decir, si yo estoy ahora con mi guarda legal, y si trabajo 4 o 5 horas en vez de 8, pues no me va a afectar a los cálculos de esta prestación porque nos van a tomar la base de la base reguladora que se calcula de la base de contingencia comunes que tenía cuando me encontraba en jornada completa.
A esta le van aplicar el 70% al igual que una prestación de jornada completa. Esto es para los casos de las personas que estén activos con guarda legal.
Consideraciones del ERTE con Guarda Legal
A los efectos del cálculo de la prestación por desempleo derivada de un ERTE, una jornada reducida sea de las horas que sea, cobrará el 70% de la Base Reguladora (base de contingencias comunes) que tenía cuando se encontraba en jornada completa.
Aclaramos que esto es para los casos en las personas que están con guarda legal.
A estos efectosm ¡Enhorabuena!!, pues vaís a cobrar mayor cuantía estando de ERTE que lo que percibís normalmente (salvo sueldos muy elevados en cuyo caso se aplicaría el tope máximo establecido para la prestación).
Por tanto si has cobrado la prestación y te parecía mucho es lo correcto y si aún no la has cobrado te vas a sorprender.